Esta normativa legal permitirá salvar las vidas de las personas que esperen por un trasplante de órganos. |
Caracas.- Una normativa que permite al Estado colombiano disponer de los órganos y tejidos humanos al momento de la muerte, para destinarlos a bancos existentes, entró en vigor en ese país.
La medida favorecerá a las casi tres mil personas que permanecen a la espera de un donante para el trasplante, según indica un comunicado de prensa difundido.
La ley 1805 aprobada por el Congreso de la República en agosto pasado y ratificada por el Ejecutivo, solo podrá dejar de aplicarse en los casos en el que los fallecidos hubieran dejado en vida un testamento de negativa.
Ese documento de excepción tiene que ser autenticado por los vivos ante una notaría y registrado en el Instituto Nacional de Salud, donde se exprese el deseo de no ser donante.
La propia legislación establece que los órganos o tejidos acumulados en los bancos no podrán ser donados a ciudadanos extranjeros que no residen en Colombia.
De no existir impedimentos legales, los médicos estarán obligados a retirar del cuerpo los órganos que sean aptos para trasplantes, y las familias del fallecido no podrán oponerse a dicho trámite.
La voluntad de donación expresada en vida por una persona solo puede ser revocada por ella misma, si dejó por escrito su oposición, y no podrá ser sustituida por decisiones de sus familiares.
Cuando se debatió esa normativa legal en el legislativo nacional, este fue cuestionado por sectores del Congreso, quienes durante el trámite de debate consideraron que esa donación no puede imponerse de parte del Estado, sino que debe ser voluntaria.
Otros congresistas argumentaron que se trata de un acto profundamente humano, detrás del cual hay rostros y seres esperanzados en recibir la donación de un órgano porque le puede salvar la vida.