PRENSA MPPS.-El Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) diseña proyectos que regulan embalajes y cajetillas de cigarrillos, de acuerdo a sus competencias como máximo ente rector de la salud en el país.
El MPPS tiene como misión promover la salud y prevenir enfermedades, para lo cual debe garantizar la difusión informativa, que permita a los niños, niñas adolescentes, jóvenes y población en general, crecer y desarrollarse adoptando conductas saludables.
Entre los daños causados a la salud derivado al consumo de cigarrillo se encuentran que este producto es dañino para la salud y produce adicción, es causante de enfermedades crónicas, daña la salud del bebé en el embarazo.
La información sobre esta nueva resolución la suministró Yilelmir Galíndez Pino, coordinadora de Regulación y Control de Tabaco del MPPS, quien manifestó que entre los artículos de la Resolución N° 004 relacionada con la regulación de los embalajes y cajetillas de cigarrillos, publicada en Gaceta Oficial N° 40.330, destaca que las cajetillas y cualquier otro tipo de embalaje de productos derivados del tabaco, contendrá advertencias a través imágenes y textos acerca de los daños a la salud derivados del consumo de tabaco.
Esta resolución coloca nuevamente advertencias sanitarias con un lote de 12 imágenes nuevas, las cuales fueron discutidas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y grupos focales, para definir cuales tenían mayor impacto en la población adolescente, juvenil y adulta, dijo Galíndez.
Se establece que el tamaño de la advertencia debería ser proporcional al tamaño del recuadro que la contenga, el mismo ocupará un 100% de una de las caras frontales de la cajetilla de cigarrillos, del cual un 70% corresponderá a la imagen y un 30% destinado al texto de la advertencia, y en la parte inferior de la otra cara frontal un 30% de la advertencia en texto. Tales textos deberán ser escritos en caracteres blancos sobre fondo negro o viceversa, de modo que sea legible.
La coordinadora de Regulación y Control de Tabaco del MPPS añadió que en las cajetillas tipo “duras”, la advertencia sanitaria que comprende el 30% de texto de la parte inferior de la cara frontal que no contiene la imagen, deberá ser ubicada del lado de la apertura de la cajetilla, de manera tal, que no sea posible violentar la unidad de la imagen de la advertencia sanitaria con la apertura de la cajetilla.
Para el cumplimiento de lo dispuesto, las industrias productoras e importadoras de cigarrillos dispondrán de un lapso de tres meses, contados a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.